Somos Abogados especializados en seguros de vida e invalidez

Nuestro despacho de abogados especializados en reclamaciones de seguros de vida, ha defendido por más de veinte años a asegurados y beneficiarios de todo tipo de seguros de vida e invalidez, incluyendo seguros individuales, colectivos, institucionales e hipotecarios.

Contáctanos para una consulta totalmente gratuita, en la que revisaremos la respuesta de la aseguradora y te diremos como exigir que se cumpla tu seguro.

Recuperamos la indemnización que tu aseguradora se niega a pagar.

Cuando una persona contrata un seguro de vida, lo hace por una sola razón: protección. Pero cuando llega el momento de cobrar, muchas aseguradoras retrasan, niegan o condicionan el pago con argumentos que no resisten un análisis legal. No tienes que aceptarlo.

En LEGATUS llevamos más de veinte años representando a asegurados y beneficiarios frente a aseguradoras que incumplen su contrato. Conocemos sus tácticas, sus plazos legales y los argumentos con los que un juez les ordena pagar, incluyendo intereses moratorios.

Si recibiste un rechazo o llevas semanas sin respuesta, agenda una consulta gratuita y sin compromiso. Revisamos tu caso, te explicamos tus opciones, y solo cobramos si ganamos.

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¿Te negaron o retrasaron el pago de un seguro de vida? Nosotros podemos ayudarte.

Como abogados especializados en seguros de vida, comprendemos que reclamar el pago de una indemnización por fallecimiento o invalidez puede ser muy frustrante. La mayoría de nuestros clientes se sienten perdidos ante la falta de respuesta de su aseguradora, o al recibir un rechazo inesperado.

Nuestro objetivo es entender tu problema y ofrecerte una consulta sin costo, para que conozcas tus derechos y las acciones legales que tienes a tu alcance. Si es necesario, nuestro equipo de abogados también está preparado para defender tus derechos y exigir a la aseguradora que cumpla con el contrato.

Nuestra mayor satisfacción es ayudar a nuestros clientes a resolver su situación y ver que recuperen el patrimonio que sienten en riesgo.

Si enfrentas problemas con tu aseguradora o tu reclamación ha sido rechazada, no dudes en contactarnos, será un gusto ayudarte.

Reclamamos todo tipo de seguros de vida e invalidez.

Imagen de una abogada de Legatus presentando una imagen en una pantalla que dice somos abogados especializados en seguros

Seguro de vida individual

Pólizas que contrataste directamente con la aseguradora para proteger a tu familia. Reclamamos cuando alegan preexistencia, omisión en el cuestionario de salud o exclusiones que no aplican a tu caso.

Seguro de vida Institucional (servidores públicos)

Pólizas que dependencias federales, estatales o municipales contratan para sus empleados. Conflictos frecuentes por la potenciación de suma asegurada, consentimientos faltantes o problemas con la administración del seguro por parte de la propia dependencia.

Seguro de vida de grupo

Seguros que una empresa contrata para sus empleados. Las negativas suelen surgir cuando el patrón no entregó al beneficiario el certificado individual o cuando se desconocen las condiciones reales de la póliza.

Seguro de vida para deudores de créditos

Vinculado a créditos hipotecarios o personales: paga el saldo del crédito si el deudor fallece o queda inválido. Las aseguradoras suelen alegar preexistencias por enfermedades que el banco nunca preguntó al momento de contratar.

Cobertura de invalidez total y permanente

Indemnización que se paga cuando el asegurado queda imposibilitado para trabajar. Las aseguradoras la niegan alegando que la invalidez "no es total" o que falta dictamen del IMSS o ISSSTE, aun cuando la persona evidentemente no puede ejercer su profesión.

Coberturas adicionales

Desempleo, enfermedades graves, gastos funerarios y otros beneficios incluidos en muchas pólizas que las aseguradoras suelen "olvidar mencionar" al momento del siniestro. Reclamamos cualquier cobertura pactada en tu contrato, aunque la aseguradora no la haya ofrecido voluntariamente.

Nuestra Garantía: Solo cobramos si ganamos tu caso.

En LEGATUS, la confianza de nuestros clientes es nuestra prioridad. Por eso respaldamos nuestro compromiso de servicio con una garantía clara y contundente: no cobramos honorarios a menos que ganemos el caso.

Sin anticipos. Sin costos ocultos. Sin sorpresas.

Además, todas las consultas realizadas a través de nuestra página son 100% gratuitas y sin compromiso. Queremos que te sientas informado, tranquilo y en buenas manos desde el primer momento.

El logo de la marca 'Legatus' en letras blancas sobre fondo negro.

Casos que enfrentamos y cómo los resolvemos.

  • Hombre llenando una solicitud de seguro - Reclama Tu Seguro

    Omisiones o inexactas declaraciones al contratar el seguro.

    Una de las excusas más recurrentes de las aseguradoras para negar el pago es alegar que el asegurado no declaró correctamente su estado de salud al momento de contratar la póliza: que omitió mencionar enfermedades preexistentes como diabetes, hipertensión o problemas cardíacos. En estos casos, la aseguradora incluso puede pretender rescindir el contrato.

    Sin embargo, esta situación suele presentarse en contrataciones realizadas sin asesoría adecuada, especialmente en seguros contratados por internet o de forma colectiva —como los vinculados a cuentas bancarias o créditos hipotecarios—, donde el asegurado nunca recibió un cuestionario de salud o no se le explicaron las consecuencias legales de una respuesta incompleta.

    ¿Cómo lo resolvemos?

    La Ley sobre el Contrato de Seguro impone a la aseguradora un plazo legal estricto para informar a los beneficiarios sobre la rescisión del contrato. Si la aseguradora no cumple con ese plazo, pierde el derecho a rechazar el pago por este motivo.

    Además, es indispensable revisar a fondo cómo se contrató la póliza: en muchos casos, la supuesta "omisión" simplemente no existió o no es legalmente imputable al asegurado.

  • hombre en hospital con enfermera

    La compañía aseguradora no reconoce la invalidez total y permanente.

    Otra causa común de conflicto con las aseguradoras ocurre cuando se reclama una indemnización por invalidez permanente y la compañía rechaza el pago, alegando que no se cumplen los requisitos establecidos en la póliza.

    Este tipo de negativas suelen basarse en razones como:

    • Que la invalidez no es “total” o no es “permanente”, según los criterios de la aseguradora.

    • Que no fue dictaminada por una institución autorizada (IMSS, ISSSTE, etc.).

    • Que la invalidez no impide cualquier trabajo remunerado, aunque en la práctica la persona esté imposibilitada para ejercer su profesión u oficio habitual.

    • Que no se presentó la documentación “en tiempo”, aun cuando el afectado estaba en tratamiento médico o sin capacidad para atender trámites legales.

    ¿Cómo lo resolvemos?

    El riesgo de invalidez total y permanente no se limita a casos donde la invalidez es del cien por ciento, o donde existe un dictamen definitivo del IMSS o ISSSTE. En muchos casos, la aseguradora debe responder cuando el asegurado no puede desarrollar su actividad usual.

  • mujer con muchos documentos

    La aseguradora pide documentación o requisitos que el beneficiario no tiene.

    La ley permite que las aseguradoras soliciten cierta documentación para analizar el siniestro (artículo 69 de la Ley sobre el Contrato de Seguro). Pero en la práctica, muchas veces se exigen requisitos excesivos o imposibles de cumplir, con el único propósito de retrasar o evitar el pago.

    Entre los documentos que suelen solicitar de forma abusiva se encuentran:

    • Expedientes clínicos completos de hospitales o médicos

    • Certificado de seguro o consentimiento, en el caso de seguros de vida de grupo o institucionales

    • Constancias originales de carpetas de investigación

    • Documentos que ya obran en poder de la propia aseguradora

    • Citas con “investigadores” o personas externas

    Este tipo de prácticas no solo son desproporcionadas, sino que pueden ser ilegales si impiden el acceso al derecho al cobro del seguro.

    ¿Cómo lo resolvemos?

    La aseguradora no puede solicitar información o documentos arbitrarios que no están al alcance del beneficiario, o que no guarde relación con los hechos del siniestro. Es importante recabar un acuse de los documentos entregados.

  • mujer leyendo una carta de la aseguradora

    Negativa a pagar cobertura potenciada en el Seguro de Vida Institucional

    Uno de los seguros que más controversias genera es el seguro de vida institucional para servidores públicos de la administración pública federal, o seguros de vida institucionales de dependencias de los Estados o municipios; el cual es contratado por las entidades de Gobierno para cubrir el fallecimiento e invalidez de los servidores públicos empleados por las diferentes entidades gubernamentales.

    Los conflictos que ese seguro genera en muchos casos derivan de que la aseguradora no administra ese seguro, sino la propia dependencia u órgano de gobierno al que está adscrito el funcionario, lo que provoca problemas con los consentimientos que deben otorgar los asegurados, o con la potenciación de suma asegurada, que la aseguradora a veces pretende desconocer, a pesar de haber sido solicitada por el empleado de gobierno.

    ¿Cómo lo resolvemos?

    En caso de negativa o retraso de la aseguradora, es recomendable iniciar una reclamación ante la CONDUSEF y asesorarse con abogados especializados, ya que los beneficiarios muchas veces no cuentan con la información o documentos suficientes para exigir el pago.

Consejos para reclamar un seguro de vida o invalidez.

  • Investiga si eres beneficiario de un seguro

    Si crees que eres beneficiario de un seguro, pero no tienes la póliza, puedes buscar esa información a través de CONDUSEF en el servicio conocido como SIAB-Vida (Solicitud de búsqueda de Asegurados y Beneficiarios de Seguros de Vida).

    El trámite para solicitar búsqueda de seguros de vida, se realiza de manera electrónica ingresando a:

    https://www.condusef.gob.mx/

  • Avisa a la aseguradora

    Tan pronto sea posible, debes dar aviso a la aseguradora del fallecimiento o siniestro, para iniciar el trámite correspondiente. Sin embargo, la falta de aviso oportuno no es causa para que la aseguradora niegue el pago.

  • Conserva un comprobante o acuse de recibido de los documentos entregados

    Es sumamente importante conservar copia de toda la información que se entregue o se envíe a la aseguradora, así como de cualquier correo electrónico, mensaje instantáneo o comprobante de envío de documentos.

  • Exige una respuesta

    La aseguradora debe responder en un plazo no mayor de 30 días. Si no lo hace, es importante exigir que responda de manera formal, por escrito, sobre la procedencia de la reclamación. Además, la aseguradora debe procurar claridad y precisión en sus comunicaciones con los asegurados y beneficiarios.

  • No firmes finiquitos o renuncias sin asesoría legal

    Algunas aseguradoras ofrecen pagos parciales o convenios que implican renunciar a derechos. Nunca firmes sin haber consultado con un abogado.

  • Actúa a tiempo

    La ley establece plazos para reclamar. En algunos casos, solo tienes dos años para iniciar acciones legales a partir de la fecha del rechazo, mientras que en seguros de vida por fallecimiento son cinco años. No dejes pasar el tiempo.

    Más información sobre los plazos de prescripción ->

  • Busca asesoría legal especializada

    Un abogado general no siempre conoce los detalles técnicos de un contrato de seguro. En LEGATUS nos enfocamos exclusivamente en casos contra aseguradoras. Evaluamos tu situación sin costo ni compromiso.

Lo que nuestros clientes dicen de nosotros.

Preguntas frecuentes

  • El plazo para reclamar un seguro de vida por fallecimiento es de 5 años, contados desde la fecha del fallecimiento o desde que el beneficiario tuvo conocimiento del seguro. Para otras coberturas, como invalidez total y permanente, enfermedades graves o desempleo, el plazo es de 2 años, conforme al artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Estos plazos pueden interrumpirse, por ejemplo, presentando una queja ante CONDUSEF o demandando a la aseguradora.

  • La aseguradora debe pagar la indemnización dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que recibió toda la documentación necesaria para acreditar el siniestro (artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro). Si no paga en ese plazo, se generan intereses moratorios automáticos que pueden ser muy significativos. No es necesario solicitarlos por separado: corren por el simple retraso de la aseguradora.

  • Para que una enfermedad pueda considerarse preexistente y justifique el rechazo, la aseguradora debe probar que el asegurado la conocía (mediante un diagnóstico previo o gastos médicos por ese motivo) y que el riesgo estaba expresamente excluido. Además, la ley impone a la aseguradora un plazo estricto para rescindir el contrato por omisión. Si no lo hace en tiempo, pierde el derecho a rechazar el pago. Como abogados de seguros de vida, en muchos casos hemos demostrado que la supuesta omisión no existió o no era legalmente imputable al asegurado.

  • Sí. Cuando una aseguradora se niega a pagar o retrasa injustificadamente la indemnización, la demanda judicial es el mecanismo más efectivo para obligarla a cumplir. A diferencia de CONDUSEF —que solo puede mediar—, un juez sí tiene la autoridad para ordenar el pago, más intereses moratorios y, en algunos casos, daños y perjuicios. La demanda puede presentarse en cualquier ciudad con delegación de CONDUSEF, lo que da flexibilidad para elegir el foro más conveniente.

  • En LEGATUS trabajamos bajo el esquema de honorarios contingentes: solo cobramos si ganamos el caso. No pedimos anticipos ni cobramos consultas. Nuestros honorarios consisten en un porcentaje de la cantidad recuperada, que se acuerda por escrito antes de iniciar cualquier gestión y varía según la etapa en la que intervenimos. Esto significa que el cliente no asume riesgo económico al contratar nuestros servicios.

  • Puedes consultar el servicio SIAB-Vida (Sistema de Información de Asegurados y Beneficiarios de Seguros de Vida) que ofrece CONDUSEF de forma gratuita. El trámite se realiza en línea en condusef.gob.mx y permite verificar si una persona fallecida tenía contratado un seguro de vida con alguna aseguradora autorizada en México. Si descubres que existe una póliza, te recomendamos asesorarte con un abogado antes de iniciar la reclamación.

  • Los documentos básicos son: acta de defunción, póliza o certificado de seguro, identificación oficial del beneficiario y, en algunos casos, certificado médico de defunción. La aseguradora puede pedir documentación adicional, pero no puede exigir requisitos arbitrarios o imposibles que no guarden relación con el siniestro. Es fundamental conservar acuse de cada documento entregado, ya sea físico o por correo electrónico.

  • Depende del tiempo transcurrido entre la contratación del seguro y el fallecimiento. La Ley sobre el Contrato de Seguro establece que, transcurridos dos años desde la celebración del contrato, el seguro de vida cubre el fallecimiento por suicidio. Antes de ese plazo, la aseguradora puede negar el pago, salvo que la póliza estipule otra cosa.

    Si recibiste un rechazo por esta causa, te recomendamos revisar la fecha de contratación y los términos exactos de tu póliza con un abogado especializado.

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