
Cuando la aseguradora presenta documentos alterados, procede condena en costas.
La Primera Sala de la SCJN fijó el criterio de que procede condenar en costas a las aseguradoras cuando, durante el juicio, aporten documentos alterados para intentar evadir el cumplimiento de la póliza; esa manipulación basta para acreditar temeridad/mala fe conforme al artículo 1084 del Código de Comercio.
La Sala subrayó que las y los juzgadores deben verificar si la negativa se apoya en la ley o en ocultamiento/manipulación, considerando la asimetría entre aseguradora y asegurado.
La jurisprudencia quedó publicada el 8 de agosto de 2025 y es obligatoria desde el 11 de agosto de 2025 (1a./J. 157/2025 (11a.)).

¿Qué está pasando con los seguros de gastos médicos?
Los aumentos exorbitantes en las primas de los seguros de gastos médicos afectan a miles de asegurados, especialmente los mayores de 60 años.

¿Cómo afectará la Reforma Judicial a nuestros clientes?
El impacto de la Reforma Judicial en los asuntos de nuestros clientes.